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Artículo 5

Funciones Del Presidente Del Consejo

Decreto 121 de 2014 · por medio del cual se reglamenta el artículo 161 de la Ley 1607 de 2012.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Funciones del Presidente del Consejo . Son funciones del Presidente del Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CNBT), las siguientes

1.

Convocar, través de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CNBT), las sesiones ordinarias y extraordinarias que se requieran.

2.

Someter a consideración de los demás miembros del Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CNBT), para su análisis y aprobación, los estudios y documentos que se requieran para el cumplimiento de sus funciones.

3.

Suscribir los acuerdos, resoluciones, certificaciones y actas que se deriven de las decisiones adoptadas por el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CNBT).

4.

Velar porque las decisiones que apruebe el Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CNBT), en ejercicio de sus funciones sean debidamente ejecutadas.

5.

Las demás que le asigne la ley, el reglamento o el Consejo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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