Propiedad de libros y archivos. Los libros y archivos de la notaría pertenecen a la Nación. Al archivo nacional o al sitio que la Superintendencia de Notariado y Registro indique, se enviaran aquellos que tengan más de treinta años de antigüedad. De la diligencia de entrega se extenderá un acta suscrita por quienes en ella intervengan, de conformidad con el artículo 116 del Decreto-Ley 0960 de 1970.
(Decreto 2148 de 1983, artículo 56)