° Se autoriza la consignación de fondos mutuos de inversión en las empresas que tengan fines de lucro, que cuenten con un capital mayor de quinientos mil pesos ($500.000.00) y que se ocupen por lo menos veinte (20) trabajadores.
Se entiende por fondos mutuos de inversión los constituidos con suscripciones de los trabajadores y contribución de las empresas de conformidad con el presente Decreto .