º . Anticipo del diez por ciento (10%) . Los candidatos que reúnan los requisitos de ley para acceder a los beneficios de la financiación estatal previa, que pretendan acceder al monto adicional al anticipo de hasta el diez por ciento (10%), de que trata el
del artículo 11 de la Ley 996 de 2005, deberán tener en cuenta el procedimiento y cumplir los requisitos descritos en el presente decreto.