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Artículo 1

Ley 4 de 1981 · “por la cual se crea el Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad y se dictan normas para su organización y funcionamiento”.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Créase el Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad como Establecimiento Público, con Personería Jurídica, y patrimonio independiente, encargado de obtener y administrar los recursos necesarios para conseguir los bienes y servicios que le permitan el cumplimiento de sus funciones legales. El Fondo Rotatorio estará adscrito al Departamento Administrativo de Seguridad, tendrá su domicilio en la ciudad de Bogotá, y las funciones técnicas y administrativas para su operación serán atendidas por los empleados del mismo Departamento según la distribución que de ellas haga el Jefe. En consecuencia, el Fondo carecerá de estructura administrativa y de planta de personal propia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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