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Artículo 1

Ordinal 1° Del Decreto Número 177 De Enero 20 Del Presente Año, Así: Clv

Decreto 2496 de 1957 · Por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto número 177 de enero 29 del año en curso

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Modificase el artículo 1° ordinal 1° del Decreto número 177 de enero 20 del presente año, así: CLV. ORD. 1 1 Fíjase el personal y asignaciones de la Oficina de Planeamiento -Plan Piloto- del Ministerio de Salud Pública, a partir del primero de noviembre, así: Dos. meses. 1. medico jefe con especialización en Salud Pública -medio tiempo-, a tazón de $ 770.00 mensuales $ 1.540.00 1. Enfermera con especialización en Salud Pública, a razón de $ 750.00 mensuales 1.500.00 1. Estadígrafo, a razón de $ 660.00 mensuales 1.320.00 1. Supervisor de Saneamiento, a razón de $ 750.00 mensuales 1.500.00 1. Dibujante, a razón de $ 500.00 mensuales 1.000.00 1. Secretaria Bilingüe de los Asesores de la OMS, a razón de $ 450.00 mensuales 900.00 3. Mecanotaquígrafas, a razón de $ 400.00 mensuales cada una 2.400.00 1. Chofer, a razón de $320.00 mensuales 640.00 Total en dos meses $ 10.800.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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