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Artículo 1

Modificase El Articulo 1° Del Decreto 442 Del 10 De Marzo De 1992, Mediante El Cual Se Comisionan A Los Doctores Jorge Orlando Meló Y Manuel Cepeda Espinosa, Con Rango De Embajadores En Misión Especial, En El Sentido Que La Fecha De Iniciación De La Comisión Es A Partir Del 1° De Abril Y Por El Término De Cuatro (4) Días Y Tendrán Derecho A La Suma De Doscientos Setenta Y Nueve Dólares (Us$ 279) Cada Uno, Durante Los Días Que Dure La Comisión Y No Como Aparece En La Citada Disposición

Decreto 570 de 1992 · por el cual se modifica el artículo 1º del Decreto 442 de 10 de marzo de 1992.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1° Modificase el articulo 1° del Decreto 442 del 10 de marzo de 1992, mediante el cual se comisionan a los doctores Jorge Orlando Meló y Manuel Cepeda Espinosa, con rango de Embajadores en misión especial, en el sentido que la fecha de iniciación de la comisión es a partir del 1° de abril y por el término de cuatro (4) días y tendrán derecho a la suma de doscientos setenta y nueve dólares (US$ 279) cada uno, durante los días que dure la comisión y no como aparece en la citada disposición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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