º. Planta. La Planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares será fijada anualmente por el Gobierno. Cuando no lo hiciere, continuará rigiendo la que se encuentre vigente.
Parágrafo
En casos especiales el Gobierno podrá modificar la planta fijada para el respectivo año. CAPITULO II. De la clasificación.