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Artículo 5

Ley 65 de 1928 · Sobre conmemoración del centenario del General Córdoba, héroe de Ayacucho, y sobre reforma del artículo 11 de la Ley 94 de 1927

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Cámaras Legislativas, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado podrán hacerse representar por comisiones de su seno, así: tres por el Senado; tres por la Cámara; tres por la Corte Suprema; dos por el Consejo de Estado. También podrán hacerse representar la Asociación Nacional de Estudiantes y la Federación Nacional de Estudiantes, por una comisión de dos miembros cada una. El Ejecutivo fijará los viáticos y gastos de representación de todas estas comisiones tomando la partida necesaria de la suma indicada en el artículo 1. º

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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