º Sólo podrán ejercer la profesión de Biólogo, en el territorio nacional, quienes obtengan la matrícula respectiva, expedida por el Consejo Profesional de Biología, CPB.
Quienes se anuncien como Biólogos deberán señalar el número de su matrícula profesional, so pena de incurrir en las sanciones que establezcan las disposiciones vigentes.