° Los funcionarios de la Dirección General de Impuestos Nacionales, la Superintendencia Bancaria y la Tesorería General de la República, practicarán visitas periódicas a los bancos con el fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones del presente Decreto.
Cualquier irregularidad será comunicada por la Dirección General de Impuestos Nacionales a la Superintendencia Bancaria, a fin de que se impongan las sanciones legales y administrativas a que haya lugar.