El numeral 1285 de la Tarifa de Aduanas vigente, quedara así:
Numeral 1285. Papel no mencionado, 20 por 100 ad valorem.
Los Concejos Municipales no podrán gravar con impuesto de consumo el papel de introducción libre ni los demás Artículos también de libre introducción en la Tarifa de Aduanas.