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Artículo 4

En Cumplimiento De Lo Establecido En El Artículo 156 Ya Mencionado, El Costo Promedio Por Alumno En Las Instituciones No Oficiales De Educación Superior Podrá Calcularse: A) Por Programas, O B) Por Grupo De Programas Afines, O C) Por Institución

Decreto 2798 de 1980 · Por el cual se reglamenta el Capitulo IV, Título Quinto del Decreto extraordinario 80 de 1980, sobre derechos pecuniarios

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En cumplimiento de lo establecido en el artículo 156 ya mencionado, el costo promedio por alumno en las instituciones no oficiales de educación superior podrá calcularse

a)

Por programas, o

b)

Por grupo de programas afines, o

c)

Por institución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2798 de 1980