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Artículo 7

Para La Cabal Administración Del Impuesto Predial, Créase, Dependiente Del Administrador De Hacienda Nacional De Bolívar, El Cargo De Oficial De Catastro, Con Una Remuneración Mensual De $ 140

Decreto 332 de 1938 · Por el cual se reglamenta la administración del impuesto sobre la propiedad raíz en Cartagena

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para la cabal administración del impuesto predial, créase, dependiente del Administrador de Hacienda Nacional de Bolívar, el cargo de Oficial de Catastro, con una remuneración mensual de $ 140.00.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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