Los proyectos que tengan como objetivo desarrollar medidas de manejo ambiental y desarrollo sostenible que contemplen La Mojana y Buenaventura, podrán ser objeto del mecanismo de obras por impuesto al que se refieren los artículos 238 de la Ley 1819 de 2016 y 800-1 del Estatuto Tributario, condicionados a la expedición del cupo adicional por parte del CONFIS.
Los recursos de estos proyectos no afectarán los recursos asignados a la Bolsa Paz.
Impuesto sobre la renta