En un salón especial del Capitolio nacional, debidamente acondicionado, se instalara en la Biblioteca del Congreso, para el servicio conjunto de las dos Cámaras.
Para atender a los gastos que demande lo dispuesto en el presente artículo, se destina la suma de doscientos mil pesos ($200.000), que será incluida en el presupuesto del Congreso, por el Gobierno Nacional.