La UGPP podrá ejercer la fiscalización y control del cumplimiento de los requisitos relacionados con pago de salarios y aportes a Seguridad Social Integral a través de la PILA, y adelantará las actuaciones de cobro de su competencia. Esta entidad podrá ejercer sus facultades de fiscalización dentro del término de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de la finalización del último ciclo de postulación del programa.
Esta fiscalización en todo caso será independiente de la fiscalización ordinaria a cargo de la mencionada entidad de acuerdo con lo dispuesto en la ley 1151 del 2007 articulo 156.
El Ministerio del Trabajo realizará el seguimiento administrativo y de resultados, conservará la trazabilidad de la apropiación orientada a la medida. Así mismo, podrá ejercer funciones de Inspección, Vigilancia y Control a las empresas frente al cumplimiento de los requisitos de postulación de los beneficiarios de este programa para garantizar la transparencia de la utilización de los recursos públicos.