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Artículo 4.3.1.21

- Division De Recursos Humanos Y Capacitacion

Decreto 653 de 1993 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 4.3.1.21.- DIVISION DE RECURSOS HUMANOS Y CAPACITACION. A la División de Recursos Humanos y Capacitación le corresponde ejercer las siguientes funciones

a)

Ejecutar las funciones administrativas de recursos humanos de la Superintendencia;

b)

Organizar programas de capacitación y adiestramiento para las personas al servicio de la Superintendencia de Valores;

c)

Planear, coordinar y ejecutar el programa anual de capacitación;

d)

Dirigir el desarrollo de cursos, seminarios y demás actos de capacitación y preparar la documentación previa a su realización;

e)

Revisar programas y proyectos de cursos, seminarios y reuniones de instituciones u organismos externos, en el país o en el exterior, y evaluar la participación de la entidad y proponer los posibles candidatos;

f)

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia;

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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