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Artículo 265

Decreto 1238 de 1892 · Orgánico de la Instrucción pública secundaria y profesional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 265. La cancelación de una matrícula consiste en la atestación, puesta por el Secretario y firmada además por el Director; de que han cesado las obligaciones contraídas por el alumno, con expresión del motivo. Si el curso hubiere sido ganado, debe expresarse la calificación obtenida por el alumno, y hacerse la recomendación á que hubiere lugar. Sección 14. - Materias de enseñanza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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