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Artículo 70

La Sección De Preparación De Formulas Debe Contar Con Instalaciones De Agua, Luz Y Equipo Para Ebullición; Estantería, Mesas De Trabajo Y Demás Muebles Necesarios, Lavatorio Y Vertederos De Agua; Aparatos, Materiales Y Drogas Indispensables, Para La Preparación De Recetas De Uso Corriente; Equipos Para La Esterilización De Los Envases Y Utensilios De Laboratorio, Aparatos, Útiles Y Reactivos Necesarios Para La Ejecución De Ensayos Destinados A Garantizar La Buena Calidad De La Materia Prima Y De Los Productos Que Se Preparen O Expendan En El Establecimiento

Decreto 1950 de 1964 · por el cual se reglamenta la Ley 23 de 1962, sobre ejercicio de la profesión de Químico-Farmacéutico, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La sección de preparación de formulas debe contar con instalaciones de agua, luz y equipo para ebullición; estantería, mesas de trabajo y demás muebles necesarios, lavatorio y vertederos de agua; aparatos, materiales y drogas indispensables, para la preparación de recetas de uso corriente; equipos para la esterilización de los envases y utensilios de laboratorio, aparatos, útiles y reactivos necesarios para la ejecución de ensayos destinados a garantizar la buena calidad de la materia prima y de los productos que se preparen o expendan en el establecimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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