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Artículo 29

Comisión De Personal: Asesorar Al Jefe De La División En La Selección Y El Ascenso De Empleados; Estudiar Los Reclamos De Éstos Y Proponer Soluciones Al Procurador General Por Conducto Del Jefe De La División; Y Formular Planes Para El Bienestar Del Personal

Decreto 521 de 1971 · Por el cual se reorganiza la Procuraduría General de la Nación

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 29. Comisión de Personal: Asesorar al Jefe de la División en la selección y el ascenso de empleados; estudiar los reclamos de éstos y proponer soluciones al Procurador General por conducto del Jefe de la División; y formular planes para el bienestar del personal. Estará integrada por el Secretario General, quien la presidirá el Procurador Auxiliar y un funcionario de la entidad designado por los Procuradores Delegados para periodos de seis meses, pudiendo recaer la elección en cualquiera de estos últimos. La Comisión designará como Secretario a un empleado de la Procuraduría.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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