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Artículo 1

Nómbrase Como Ministro De Transporte Ad-Hoc Al Ministro De Minas Y Energía, Doctor Orlando Cabrales Martínez, Para Que Conozca Y Adelante Todos Los Asuntos Que Sean De Competencia Del Ministro De Transporte, Relacionados Con El Proceso De Licitación, Evaluación Y Posterior Adjudicación De La Construcción De La Bocana Estabilizadora Para La Adecuación Y Dragado De La Ciénaga De La Virgen En El Distrito Turístico Y Cultural De Cartagena De Indias

Decreto 2202 de 1997 · por la cual se nombra un Ministro de Transporte ad hoc.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Nómbrase como Ministro de Transporte Ad-hoc al Ministro de Minas y Energía, doctor Orlando Cabrales Martínez, para que conozca y adelante todos los asuntos que sean de competencia del Ministro de Transporte, relacionados con el proceso de licitación, evaluación y posterior adjudicación de la construcción de la bocana estabilizadora para la adecuación y dragado de la Ciénaga de la Virgen en el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2202 de 1997