° De los giros mensuales que se hagan con cargo a la apropiación correspondiente a los gastos de explotación del Terminal Marítimo y Fluvial de Barranquilla, se cubrirán los que demande el cumplimiento de este Decreto, así
Por sueldos del personal de que trata el artículo 1 °, $ 3.858 mensuales, que serán pagados por quincenas vencidas;
Por vestuario para el mismo personal, $ 2.560 al año, que serán pagados en el mes de enero de cada año.