Apertura de la investigación . Dentro del término establecido en el
del artículo anterior, el funcionario investigador presentará un Informe Evaluativo de las diligencias preliminares adelantadas que permitan al Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al recibo del Informe Evaluativo, ordenar mediante resolución motivada, apertura de investigación y formulación de cargos o el archivo del expediente.