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Artículo 1

Hácese En El Presupuesto Del Ministerio De Educación Nacional El Siguiente Traslado: Ministerio De Educacion Nacional Capítulo 49

Decreto 1516 de 1935 · Por el cual se hacen unos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácese en el presupuesto del Ministerio de Educación Nacional el siguiente traslado: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Capítulo 49. Gastos varios, Del artículo 213. Para compra de cartillas, cuadernos, catecismos, textos y útiles de enseñanza para las escuelas primarias y demás establecimientos de educación de la República, pago de empaques, jornales y transportes de los mismos útiles y para propaganda cultural $ 12,300 Al capítulo 43. Instrucción profesional. Al artículo 153. Para sueldos del personal y gastos de material de la Facultad de Medicina y Cirugía, de la Escuela de Farmacia y de la Escuela de Odontología $ 12,300 Sumas iguales $ 12,300 12,300

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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