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Artículo 3

º En Los Demás Municipios, Los Avalúos Catastrales Se Ajustarán Para El Año 1992 En El Treinta Y Uno Punto Diecinueve Por Ciento (31

Decreto 2441 de 1991 · por el cual se determinan los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para 1992.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En los demás municipios, los avalúos catastrales se ajustarán para el año 1992 en el treinta y uno punto diecinueve por ciento (31.19 %), para los predios sin formación catastral.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2441 de 1991