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Artículo 59

Las Estaciones Móviles Para Servicio De Aviación Comprenden Todos Los Servicios De Comunicaciones Entre Aviones, Aeropuertos, O Estaciones Destinadas A Comunicación Para Este Servicio De Punto A Punto

Decreto 1044 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 198 de 1936

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las estaciones móviles para servicio de aviación comprenden todos los servicios de comunicaciones entre aviones, aeropuertos, o estaciones destinadas a comunicación para este servicio de punto a punto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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