La Administración Distrital deberá crear una política y mecanismos de implementación, para un programa de compra pública innovadora.
Los mecanismos que se diseñen en desarrollo de la presente norma no obstan para que los procesos de contratación se sujeten al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y a los documentos tipo que regula la ley.