El Gobierno someterá el proyecto de Presupuesto Nacional a la consideración del Congreso, por conducto del Ministro de Hacienda y Crédito Público, durante los primeros diez (10) días hábiles en las sesiones ordinarias de julio. De dicho proyecto se imprimirá una cantidad de ejemplares suficientes para su distribución entre todos los miembros del Congreso.
Cuando las circunstancias lo permitan, como anexo al proyecto de Presupuesto Nacional, el Gobierno presentará un informe presupuestal consolidado del sector público.