El demandante debe presentar junto con la demanda original una copia de la misma, a fin de que el Juez ponga al pie de ella la certificación indicada anteriormente.
Esta copia se entrega al interesado, quien puede hacerla valer en caso de extra vio del escrito original. En la certificación del original se mencionará precisamente la circunstancia de haberse presentado la copia de que se habla.