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Artículo 1

Ley 38 de 1927 · por la cual se legaliza un gasto ($ 3,250) hecho por el Ferrocarril Central del Norte

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Legalízase el pago de la suma de tres mil doscientos cincuenta pesos ($ 3,250) moneda corriente, hecho por el Ferrocarril Central del Norte, sección primera, al doctor Carlos Ramírez, por sueldo y alimentación desde septiembre de 1925 hasta septiembre, inclusive, de 1926, como Ingeniero de la mencionada Empresa, en cuyo servicio adquirió la enfermedad que dio lugar a tal gasto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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