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Artículo 1

A Partir Del 16 De Enero Del Presente Año, Reajústase El Auxilio Patronal De Transporte A Una Suma Fija De Treinta Pesos ($30

Decreto 25 de 1963 · Por el cual se reglamenta la Ley 15 de 1959 sobre Intervención del Estado en el Transporte

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. A partir del 16 de enero del presente año, reajústase el auxilio patronal de transporte a una suma fija de treinta pesos ($30.00) moneda corriente mensuales, que deberán entregarse directamente a los trabajadores oficiales y particulares que devenguen un salario mensual hasta de un mil quinientos pesos (1.500.00) en las ciudades de Bogotá, Medellín, Barranquilla y Cali. A partir del 16 de enero del presente año, reajústase el auxilio patronal de transporte a una suma fija de veinticinco pesos ($25.00) moneda corriente mensuales que deberán entregarse directamente a los trabajadores oficiales y particulares que devenguen un salario mensual hasta de un mil quinientos pesos ($1.500.00) en las ciudades de Armenia, Barrancabermeja, Bucaramanga, Buenaventura, Buga, Cartago, Cartagena, Cúcuta, Girardot, Ibagué, Montería, Manizales, Neiva, Pereira, Popayán, Pasto, Palmira, Santa Marta, Tuluá, Villavicencio y Sevilla.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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