La dirección, administración y control interno de los Fondos de Empleados estarán a cargo de
a)
La Asamblea;
b)
La Junta Directiva;
c)
El representante legal, y
d)
El Revisor Fiscal. Los Fondos de Empleados podrán establecer en sus estatutos comités especiales con el carácter de auxiliares para el cumplimiento de su objeto social.