Adiciónese el
al artículo 2.9.2.3. del Decreto 1080 de 2015, el cual quedará así: “
El Ministerio de Cultura remitirá un informe a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en las condiciones y con la periodicidad que esta establezca, indicando los proyectos de infraestructura de las artes escénicas calificados por el Comité de Inversión en Infraestructura para Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas (CIEPA), el valor total de cada proyecto, los montos de los elementos e ítems que se aprobaron, así como el monto de las inversiones realizadas a partir de los informes periódicos presentados por los beneficiarios”.
Artículo 2.9.2.3 DECRETO 1080 de 2015