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Artículo 23

El Director General Cíe La Administración Postal Nacional Será Agente Del Presidente De La República Y Empleado De Su Libre Nombramiento Y Remoción

Decreto 195 de 1976 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Administración Postal Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Director General cíe la Administración Postal Nacional será agente del Presidente de la República y empleado de su libre nombramiento y remoción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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