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Artículo 4

Decreto 3118 de 1959 · por el cual se reglamenta el artículo 27 del Decreto extraordinario número 1153 de 1959.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. Señálanse las siguientes condiciones mínimas que deben llenar los aspirantes a los cargos que a continuación se enumeran: A Jefes de División (de Reclutamiento, de Clasificación y Remuneración y de Adiestramiento)

a)

Estudios universitarios con preferencia en ciencias económicas, sociales o administrativas;

b)

Adecuado conocimiento de la organización gubernamental de Colombia, y de las condiciones sociales y económicas del país;

c)

Experiencia administrativa en el sector público o privado;

d)

Buena capacidad para dirigir;

e)

En lo posible, conocimiento de la teoría de la Administración. B. Abogado: a) Grado universitario en Derecho; b) Especial conocimiento en Derecho Constitucional y Administrativo; c) Experiencia mínima de cuatro años en el ejercicio de su profesión o en cargos de la Administración Pública; d) Adecuado conocimiento de la organización gubernamental de Colombia y de las condiciones sociales y económicas, del país; e) En lo posible conocimiento de la teoría de la Administración. C. Jefes de Sección con remuneración mensual de $2.500.00 a) Estudios universitarios, con preferencia en ciencias económicas, sociales o administrativas, o experiencia equivalente; b) Adecuado conocimiento de la organización gubernamental de Colombia, y de las condiciones sociales y económicas del país; c) Experiencia administrativa; d) Capacidad para dirigir; D. Jefe de Sección con remuneración mensual de $2.000.00. a) Estudios universitarios, con preferencia en ciencias económicas, sociales o administrativas, o experiencia equivalente; b) Adecuado conocimiento de la organización gubernamental de Colombia y de las condiciones sociales y económicas del país. E. Analistas. a) Estudios universitarios, con preferencia en ciencias económicas, sociales o administrativas, o experiencia o instrucción general que sea, en lo posible, equivalente; b) Adecuado conocimiento de la organización gubernamental de Colombia y de las condiciones sociales y economistas del país; F. Secretarias a) Buena educación general que incluya en lo posible estudios secundarios; b) Habilidad en taquigrafía y mecanografía; c) Manifiesta aptitud para tratar con el público; d) Experiencia o práctica como secretaria o como mecanotaquígrafa, en lo posible.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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