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Artículo 11

En Los Casos Del Artículo 28 De La Ley 35 De 1944, El Good-Will Traspasado A La Nueva Sociedad O De Que Se Haga Cargo El Nuevo Adquirente, No Podrá Tener Un Valor Superior Al Avaluado O Reconocido Anteriormente Por La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales

Decreto 526 de 1945 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto extraordinario número 554 de 1942 y el artículo 30 de la Ley 35 de 1944

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los casos del artículo 28 de la Ley 35 de 1944, el good-will traspasado a la nueva sociedad o de que se haga cargo el nuevo adquirente, no podrá tener un valor superior al avaluado o reconocido anteriormente por la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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