ARTICULO 38 . Las sanciones por infracciones a las normas establecidas en el presente Estatuto serán
a)
A los transportadores autorizados. -- Multas. -- Suspensión de la licencia de funcionamiento. -- Cancelación de la licencia de funcionamiento.
b)
A los propietarios o poseedores de vehículos. -- Multas. -- Suspensión de la tarjeta de operación.