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Artículo 271

El Nominador Está En La Obligación De Satisfacer, Dentro Del Término De Diez (10) Días, La Solicitud De Suspensión O De Destitución Que Le Haga El Procurador General De La Nación O El Procurador Delegado Para La Vigilancia Administrativa, So Pena De Incurrir En Causal De Mala Conducta

Decreto 1950 de 1973 · por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 2400 y 3074 de 1968 y otras normas sobre administración del personal civil.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El nominador está en la obligación de satisfacer, dentro del término de diez (10) días, la solicitud de suspensión o de destitución que le haga el procurador general de la nación o el procurador delegado para la vigilancia administrativa, so pena de incurrir en causal de mala conducta. CAPITULO I Del procedimiento para la Vigilancia Administrativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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