JurídicoESEN

Artículo 3

Designación De Los Miembros De La Comisión Técnica Nacional Del Instituto Colombiano Del Deporte, Coldeportes

Decreto 2666 de 2004 · por el cual se reglamentan la Comisión Técnica Nacional de Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Designación de los miembros de la Comisión Técnica Nacional del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes . Los miembros de la Comisión Técnica Nacional del Instituto Colombiano del Deporte, Coldeportes, de que tratan los numerales 3, 4 y 5 del artículo anterior, serán designados mediante acto administrativo proferido por el Director General de Coldeportes y no podrán encontrarse incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en la Constitución Política y en la ley para desempeñar cargos públicos o ejercer funciones públicas, en particular las establecidas en el artículo 122 de la Constitución Política y 38 y 39 de la Ley 734 de 2002, o la que la modifique o adicione.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2666 de 2004