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Artículo 10

Decreto 1121 de 2002 · por el cual se ordena la disolución y consiguiente liquidación de la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de los Asuntos del Instituto de Crédito Territorial.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ajustes presupuestales. Facúltase a la "Unidad Administrativa Especial Liquidadora de los Asuntos del Instituto de Crédito Territorial" para realizar los ajustes presupuestales necesarios para su funcionamiento y actividades por el término de la disolución y liquidación, los cuales deberán aprobarse por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1121 de 2002