°. Los servidores públicos que se encuentran prestando sus servicios en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y que sean incorporados en cargos equivalentes de la planta de personal de la Agencia de Renovación del Territorio, no se les exigirán requisitos distintos a los que acreditaron en el momento de su vinculación al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
Los servidores públicos cuyos cargos se suprimen en el presente Decreto continuarán ejerciendo las funciones y percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan en el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, hasta tanto sean incorporados directamente en empleos equivalentes de la planta de personal de la Agencia de Renovación del Territorio.