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Artículo 3

Lo Dispuesto En El Presente Decreto, Se Aplicará Dejando A Salvo Las Situaciones Subjetivas Y Concretas Originadas En Derechos Adquiridos Con Anterioridad Sobre El Subsuelo, Debidamente Reconocidos, Mientras Conserven Su Validez Jurídica, Tales Como Licencias, Permisos, Concesiones O Aportes, Así Como Aquellos Que Se Otorguen Con Fundamento En Lo Dispuesto En El Artículo 58 De La Ley 141 De 1994 Legalización De Explotaciones Mineras De Hecho De Pequeña Minería, Y Demás Normas Que Lo Complementan O Adicionan

Decreto 3027 de 1997 · por el cual se prorroga el término de una reserva minera especial.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Lo dispuesto en el presente decreto, se aplicará dejando a salvo las situaciones subjetivas y concretas originadas en derechos adquiridos con anterioridad sobre el subsuelo, debidamente reconocidos, mientras conserven su validez jurídica, tales como licencias, permisos, concesiones o aportes, así como aquellos que se otorguen con fundamento en lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 141 de 1994 legalización de explotaciones mineras de hecho de pequeña minería, y demás normas que lo complementan o adicionan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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