JurídicoESEN

Artículo 13

El Precio De Un Kilo De Algodón Desmotado, Conforme A La Clasificación Del Decreto Número 2263 De 1941, En Cualquiera De Sus Tipos "l", "t", Y "s", Será De $0

Decreto 87 de 1943 · Por el cual se deroga el Decreto número 1751 de 1942 y se dictan otras disposiciones sobre algodón

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El precio de un kilo de algodón desmotado, conforme a la clasificación del Decreto número 2263 de 1941, en cualquiera de sus tipos "L", "T", y "S", será de $0.89 para el superior o corriente, de $0.86 para el corriente, y de $0.74 para el inferior a corriente, en el cual se comprende incluido el valor del desmote, prensado y empaque. La tarifa de desmote, prensado y empaque, que podrán cobrar tanto las desmotadoras oficiales y semioficiales, como las particulares, será de $0.05 por kilo de fibra.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 87 de 1943