º La ordenación del gasto en Servicios Personales, se regirá por las siguientes normas
Los salarios y demás emolumentos que perciben los empleados y funcionarios vinculados legal y reglamentariamente a la Oficina del Veedor del Tesoro conforme a las disposiciones legales vigentes en materia salarial y prestacional;
Los Gastos de Representación, que con el carácter de remuneración especial corresponden al Veedor del Tesoro, por las disposiciones legales pertinentes. Disposiciones varias.