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Artículo 5

Las Decisiones Administrativas Que Se Expidan En Conformidad Con El Artículo 4o De Este Decreto Y Que Tengan Por Objeto La Protección Tanto De La Salud Humana Como De Los Recursos Naturales Renovables, Mediante La Prevención Y Control De Factores Deteriorantes Del Ambiente, Deberán Llevar La Firma Tanto Del Ministro De Salud Como Del Gerente General Del Instituto Nacional De Los Recursos Naturales Renovables Y Del Ambiente

Decreto 1415 de 1978 · Por el cual se crea la Comisión Conjunta para Asuntos Ambientales y se reglamenta parcialmente la Ley 23 de 1973 y el Decreto-ley 2811 de 1974

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las decisiones administrativas que se expidan en conformidad con el artículo 4o de este decreto y que tengan por objeto la protección tanto de la salud humana como de los recursos naturales renovables, mediante la prevención y control de factores deteriorantes del ambiente, deberán llevar la firma tanto del ministro de Salud como del gerente general del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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