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Artículo 12

Decreto 18660714 de 1866 · arreglando la emisión i amortización de documentos de crédito nacional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 12. Descrita la partida de redencion con espresion de la especie de documentos acompañados, su número i cupones anexos, se espedirán los respectivos bonos de renta nominal, i serán remitidos a la tesorería jeneral juntamente con el espediente, para que se haga la emision por la caja de amortizacion i se custodie en ella el espediente cancelado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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