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Artículo 1

El Presente Decreto Tiene Como Objeto Reglamentar La Habilitación De La Empresa De Transporte Público Individual De Pasajeros En Taxi Y La Prestación Por Parte De Ella, De Un Servicio Eficiente, Seguro, Oportuno Y Económico, Bajo Los Criterios Básicos De Cumplimiento De Los Principios Rectores Del Transporte, El De La Competencia Económica Y El De La Iniciativa Privada, A La Cual Solamente Se Aplicarán Las Restricciones Establecidas Por La Ley, Los Convenios Internacionales Y Los Decretos Reglamentarios

Decreto 1553 de 1998 · por el cual se reglamenta la prestación del Servicio Público de Transporte en Vehículos Taxi.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El presente decreto tiene como objeto reglamentar la habilitación de la empresa de Transporte Público Individual de Pasajeros en Taxi y la prestación por parte de ella, de un servicio eficiente, seguro, oportuno y económico, bajo los criterios básicos de cumplimiento de los principios rectores del transporte, el de la competencia económica y el de la iniciativa privada, a la cual solamente se aplicarán las restricciones establecidas por la ley, los convenios internacionales y los decretos reglamentarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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