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Artículo 9

Decreto 667 de 1890 · Sobre exámenes generales para la concesión de grados en la Escuela de Veterinaria

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 9.° El alumno que solicitare el grado consignara previamente al Secretario de la Escuela de Medicina la suma de diez pesos de la ley ($10) los que serán distribuidos por iguales partes entre los miembros que formen el Consejo y Secretariado

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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