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Artículo 2.2.1.6.11

Mecanismos De Financiación

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Mecanismos de financiación. En aras de garantizar la sostenibilidad técnica y tecnológica del Observatorio de Ordenamiento Territorial, las entidades que lo conforman en concordancia con sus respectivas competencias y funciones serán corresponsables en la gestión y aseguramiento de recursos financieros para su funcionamiento y desarrollo. Dichos recursos podrán provenir de diversas fuentes, incluyendo, pero no limitándose a: asignaciones presupuestales, cooperación internacional, aportes voluntarios, convenios interinstitucionales, convenios con instituciones académicas y de investigación, cooperaciones técnicas, donaciones de terceros y demás modalidades que viabilicen el cumplimiento de los objetivos trazados.

La promoción de convenios de cooperación y la ejecución de proyectos orientados a la financiación del Observatorio estará a cargo del equipo técnico asesor, en colaboración con los entes involucrados y bajo los principios de transparencia y rendición de cuentas que rige la gestión pública.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1066 de 2015